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Somos europeos. También para los extranjeros de la Unión Europea que viven en España. Concretamente, los ciudadanos comunitarios con residencia legal en España obtenida el 19 de enero de 2013 o antes de esa fecha y que tengan un permiso de conducir comunitario indefinido o con un plazo de vigencia superior a 15 años para permisos del Grupo 1 (entre los que están los carnet de moto AM, A1, A2 y A o los de coche B y BE) o un plazo superior a 5 años para permisos del Grupo 2 (BTP, C1, C1E, C, CE D1, D1E, D, DE) tendrán que renovar el carnet de conducir a partir del próximo 19 de enero de 2015. También deberán renovarlo los que lo tengan caducado o cerca de esa fecha.
Desde 2013, todos los países de la UE tienen el permiso de conducir único en los 28 estados miembros que sustituye a los 110 anteriores, y es válido para circular en todos los países miembros.
Los residentes comunitarios que lleven dos años o más viviendo en España podrán renovar su carnet de conducir obtenido en su país. Lo primero que hay que hacer es solicitar cita previa, ya sea en la Jefatura Provincial, oficina local de Tráfico, llamando por teléfono al 060 o a través de la web de la DGT. A la cita deberás acudir con los siguientes documentos:
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