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¡Evita multas! Guantes, botas, chaleco y arcén: cambios de la DGT el 1 de octubre

El día 1 de octubre entran en vigor cambios en la normativa: guantes obligatorios en carretera, calzado cerrado siempre, chaleco en caso de parada o poder ir por el arcén.

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fecha28/09/2026


Ha llegado el momento en que entra en vigor el cambio en el Reglamento General de Circulación, modificado por Real Decreto 518/2026, y que nos afecta directamente a los motoristas en varios aspectos. Lo más importante: a partir de ahora es obligatorio llevar guantes en carretera (vías interurbanas), aunque no en ciudad, y sí que será obligatorio en cualquier tipo de vía llevar calzado cerrado en moto o scooter (adiós a chanclas y similares). Todas las infracciones son “graves” y acarrean una multa de 200 euros.

¡Evita multas! Guantes, botas, chaleco y arcén: cambios de la DGT el 1 de octubre

Manos y pies protegidos

El cambio en el Reglamento español no especifica qué tipo de guantes será obligatorio, algo que en Francia lleva años aprobado con la obligación de que sean guantes certificados como protección para motorista (en la etiqueta hay un logo con un motorista). Así que, de momento, servirán guantes diseñados para otros fines, aunque nosotros recomendamos como antes de esta modificación usar siempre guantes homologados, los únicos que protegerán en caso de caída y abrasión. De todas formas la DGT prevé publicar una nueva orden ministerial que regule la certificación de los guantes, y cuando entre en vigor habrá que usar ese tipo de guante en moto.

Los guantes también ofician de seguridad activa, al evitar que un impacto (insecto o piedra) en marcha provoque un problema de seguridad, y por supuesto evitan que nos ensuciemos las manos con los puños de la moto (de goma y siempre expuestos a la suciedad ambiental).

En cuanto al calzado, tampoco el reglamento especifica el tipo a usar, más allá de que sea “cerrado que cubra todo el pie”, y aquí subrayamos que también será obligatorio en calles urbanas además de carretera. Nosotros recomendamos también usar calzado homologado para proteger a motoristas, pues hay modelos ligeros de uso cómodo diario con calor, hasta las botas de mayor protección. Como mínimo unas zapatillas deportivas evitarán que nuestros pies entren en contacto con partes calientes de la moto, o nos desequilibran si se desajustan al parar en moto o scooter, mejorando la seguridad.

Chaleco reflectante: sí y no

Otra novedad es que los profesionales de las dos ruedas (repartidores y mensajeros) tendrán que llevar siempre un chaleco reflectante para mejorar su visibilidad en el tráfico. Pero cuidado, porque el resto de motoristas también deberemos contar con un chaleco reflectante: será obligatorio ponérselo en caso de parada, ya sea por avería o para agruparse, cuando estemos ocupando arcenes o la calzada en vía interurbana.

Así que ya sabes: vete mirando dónde guardar un chaleco reflectante (o dos si siempre llevas pasajero) en tu moto o scooter. Otro cambio importante es que, cuando haya un vehículo parado en el arcén (avería, accidente, etc) los demás deberán separarse al menos 1’5 metros. A las motos esto nos ofrecerá más protección, habrá que ver cómo se vigila.

Casco: integral o abierto, pero no “certificado”

El Reglamento modificado obliga a los conductores de ciclomotores a llevar un casco homologado igual que las motos, aunque da de plazo hasta el 1 de octubre de 2027. Hasta entonces, y hasta ahora, se permiten los cascos “certificados” mucho menos seguros, una herencia del (muy) antiguo reglamento de ciclomotores que llevamos años denunciando había que poner al día.

Pese a los rumores e incluso informaciones mal interpretadas, pero porque la DGT lanzó un “globo sonda” en su día al respecto, los cascos abiertos o “jet” (debidamente homologados) seguirán siendo completamente legales. Nosotros recomendamos usar casco integral por su mayor seguridad, pero no tenía sentido prohibir un tipo de casco que pasa todas las normas de homologación.

Intercomunicadores y ¡el arcén!

Se acabó el “vacío legal” que permitía denuncias según la voluntad o interpretación del policía de turno. Pasan a ser legales.

La otra novedad más destacada es que se abre la posibilidad de circular por el arcén a las motos en caso de atasco. Realmente ya había algunas zonas donde esto se permitía, y de hecho en Cataluña (con regulación propia de tráfico) han dicho en cambio que no se va a permitir de forma general. En cualquier caso la norma permite circular por el arcén derecho a máximo 30 km/h en caso de tráfico muy congestionado y cediendo el paso a vehículos prioritarios. Nosotros opinamos que puede ser más seguro circular de otro modo según las circunstancias, aunque a riesgo de ser multado.

En caso de atascos, a partir de ahora los coches deberán “abrir” un carril para vehículos de emergencias, en el centro si la autovía tiene dos carriles, o entre el izquierdo y el central si tiene tres o más. Es algo que funciona en otros países desde hace años y veremos qué tal se adaptan los conductores nacionales a esto. Igual que, si nieva, no se podrá adelantar en autovía (no usar el carril izquierdo para dejarlo libre). 

Ciclistas, patinetes, semáforos y adelantamientos

A partir de ahora los patinetes no podrán ser conducidos por menores de 15 años, y deberán llevar chaleco reflectante y casco (sin referencia sobre su homologación entendemos que tipo ciclista), y la luz siempre encendida.

Respecto de los ciclistas, deberán llevar siempre casco en vías interurbanas. Cuidado al adelantarles: más allá de la conocida separación mínima de 1’5 metros, a partir de ahora habrá que cambiar de carril al adelantarles y hacerlo a una velocidad 20 km/h inferior a la máxima de la vía (70 km/h en una carretera de 90 por ejemplo), algo que antes de entrar en vigor ya causa debate porque puede alargar adelantamientos en vías de límite inferior a 50 o 60 km/h. Igual que cuando se eliminó el margen de 20 km/h extra por encima para adelantar, nuestro consejo es adelantar en el menor tiempo y con la mayor seguridad (y separación) posible para todos.

Mucho cuidado en ciudad en vías limitadas a 30 km/h (o menos): el ayuntamiento podría permitir que por esas calles circulen bicicletas en sentido contrario al resto de vehículos. Nos parece una barbaridad mezclar tráfico ciclista con a motor en sentido contrario (cumpliendo limitaciones se encontrarán a 60 km/h) pero así será a partir de ahora…

Y para terminar, los semáforos: tendrán que adaptarse a una nueva norma, y es que no podrá coincidir la luz ámbar intermitente para vehículos con la luz verde para peatones, para priorizar claramente a estos últimos.

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Josep Armengol

Apasionado de las motos, los aviones y la tecnología, llevo más de 30 años viviendo "desde dentro" la información del mundo de la moto en los mejores medios: ahora, en Moto1Pro.