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Cafe Racer con una Kawasaki Zephyr 1100

ITV y las reformas en la moto: lo que se puede hacer

Las transformaciones en nuestra moto, o las reformas como técnicamente se llaman, pueden ser un quebradero de cabeza a la hora de pasar la ITV. Hay varios niveles de modificaciones que podemos hacer en nuestra moto, pero tienes que tener bien claro cuáles son los límites antes de tener que volver a homologar tu moto.
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Redaccion Moto1pro
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Fecha12/04/2018
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Fecha12/04/2018


Muchos de nosotros hemos caído en la tentación de personalizar algo nuestra moto, de añadir algunos detalles que la hagan única. Hay muchos accesorios que podemos añadir sin que tenga consecuencias legales o que tengamos que dar explicaciones a la hora de pasar la ITV. Pero si vas más allá y quieres hacer una moto completamente única, es posible que tengas que pasar por una nueva homologación del vehículo. A grandes rasgos lo que diferencia de la instalación de un accesorio, por así decirlo, y lo que implica una reforma del vehículo (lo que antes se llamaba reformas de importancia) son la modificación de los datos que figuran en la tarjeta de inspección técnica de la moto.

La ley que regula todo esto viene recogida en el Boletín Oficial del Estado y es la 866/2010, si puedes o existe, busca siempre el texto consolidado de las normativas. No se consideran reformas la instalación de colectores o silenciadores no originales, siempre que etén homologados por la normativa 97/94/CE, y los catalizadores por la 2005/30 CE (nunca montes un escape sin catalizador). También puedes intalar una pantalla diferente cuando no sobrepase la altura máxima de la moto o se pueda desmontar sin necesidad de herramientas; los topes anti caída; maletas y alforjas que no sobrepaesen la anchura original de la motocicleta que viene definida en casi todos los casos por los topes del manilar; los porta matrículas homologados; manillar (nuevamente dentro dentro de las anchuras originales de la moto); estribos y pedales, que tienen que ser retráctiles y el pedal del freno (las motos, no los scooter) con el interruptor para la luz trasera de "pare"; plaza para el pasajero que se puede ocultar debajo de una tapa como hacen muchas cafe racer "de fábrica", pero no se pueden eliminar los reposapiés del pasajero; o las manetas, de tamaño y forma similar a las originales.

Si tus dudas son sobre neumáticos de moto

Los neumáticos quizás sea lo que mayor duda nos puedan acarrear... Se pueden sustituir siempre que la capacidad de carga del neumático sea igual o superior a la que figura en la ficha técnica, el código de velocidad igual o superior y el diámetro con una permisividad de un tres por ciento más o menos... El perfil de la llanta tiene que corresponder al del neumático. La capacidad de carga o índice de carga viene indicado, junto con las medidas, en el flanco del neumático. Evidentemente no puedes montar neumáticos no aptos para circular por carretera, por ejemplo unos neumáticos de tacos, a pesar de que las medidas sean las correctas. En este artículo hablamos sobre todos los códigos que debes conocer en los neumáticos de tu moto. Si tus dudas son sobre neumáticos de moto, los que se pueden o no usar por caminos o carretera, te recomendamos este otro reportaje.

¿Qué se considera una reforma en nuestra moto?

Todo lo que no se contiene en la lista anterior se considera una reforma en nuestra moto, algo que estará modificando las especificaciones por las que fue homologado nuestro vehículo y que requiere una nueva homologación. Por ejemplo si modificamos el motor, la transmisión, los ejes, las suspensiones, la dirección (lanzamiento y avance), frenos, la carroceríam (excepto lo que se consideran embellecedores o por ejemplo una quilla inferior de plastico), los faros u otros datos que figuren en la ficha técnica de la moto. En el caso de duda, lo más sencillo es preguntar en primera instancia al ingeniero de una estación de ITV o alguna empresa o profesional que se dedique a las homologaciones de vehículos.

Hay reformas en nuestra moto que tienen que ser homologadas

Por ejemplo se consideran modificaciones en el motor el cambio del filtro del aire (por ejemplo por unos abiertos) o del colector de la admisión del escape, y, por supuesto, la sustitución de la centralita o su reprogramación. Tampoco podemos cambiar el depósito de combustible de la moto, ni el carburador, los inyectores, ni sus conductos ni la bomba del combustible, sin una nueva homologación.

En el apartado frenos sí nos permitirán sustituir los latiguillos por unos similares u otros con trenzado metálico; pero el resto de las piezas deberán ser las originales a no ser que pasemos una nueva prueba dinámica de frenado.

Si me decido a hacer una moto completamente personalizada...

Ya hemos visto lo que se puede y lo que no se puede hacer a no ser que legalicemos las modificaciones que hemos hecho en nuestra moto. en este punto nuestra recomendación es que te pongas en manos de profesionales que te preparen bien la documentación y te dirijan las reformas. Los mejores, por supuesto, son los que saben de motos. Un ingeniero industrial te tendrá que firmar el proyecto técnico, con una serie de documentación que incluye, la memoria técnica. Tambíen necesitarás el certificado de dirección de obra que tendrá que ser firmado por un ingeniero, el informe de conformidad emitido por un servicio técnico de reformas... Hay muchos, sólo tienes que hacer una consulta en Internet. Y finalmente un certificado de montaje que te emitirá un taller, no vale el que sea en nuestro taller doméstico.

Si me decido hacer una moto completamente reformada

 

Nosotros, en Moto1Pro, nos decidimos y así nació el Zafiro Maldito, una historia que merece la pena que leas y que no tiene desperdicio... Fue toda una odisea de la que aún no hemos salido.

¿Cómo homologar una clásica comprada fuera de España?

Traer una moto clásica desde fuera de España es toda una tentación, sobre todo por la cantidad de vehículos que no se vendieron nunca por estos lares. Si la moto tiene contraseña europea no tendremos problemas, un ingeniero nos podrá hacer una ficha técnica reducida y sólo tendremos que pasr la ITV y proceder a la matriculación. Si la moto tiene contraseña de homologación de otro país y se vendió en España, tendremos que buscar un documento que lo acredite, hacer una ficha reducida y pasar la ITV.

El caso se complica si la moto no se vendió en España y no tiene contraseña europea, sobre todo porque seguro que no supera la Euro 4 y no se podrá homologar. Si tiene más de 25 años puedes optar por legalizarla como vehículo histórico siempre que esté en estado original. En el caso de los ciclomotores que agotaron el plazo para matricularlos, la única forma de usarlos de forma legal es convertirlos en vehículos históricos. En ambos casos el papeleo te pondrá un poco a prueba, lo mismo que lo que tendrás que abonar para realizar toda la tramitación. En este enlace tienes el reglamento de vehículos históricos.