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Nueva Ley de Tráfico 2022: ¿Qué cambia para las motos?

Nueva Ley de Tráfico 2022: ¿Qué cambia para las motos?

El 21 de marzo entró en vigor la nueva ley de Tráfico. Sanciones más duras, nuevas prohibiciones, pero también alguna cosa buena… os lo contamos.

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Maria Bello
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Fecha16/04/2022
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En diciembre de 2021 el Congreso de los Diputados aprobaba una nueva ley de tráfico, ley que entró en vigor el 21 de marzo y con la que la Dirección General de Tráfico (DGT) pretende “mejorar la eficiencia del sistema y la convivencia entre todos". Que dicha mejora ocurra está por ver, de momento lo único que sabemos es que a partir de esta primavera debemos (re)aprender algunos de los puntos tratados en esta ley.

Con tantos cambios en los últimos años no es de extrañar que estemos un poco perdidos y no sepamos bien cuántos puntos nos quitan según la infracción que cometamos ni cuánto dinero debemos pagar en cada situación. La nueva normativa incluye penalizaciones más duras, nuevas limitaciones, prohibiciones y multas. Os contamos cuáles son los cambios más destacados a los que tendremos que adaptarnos.

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Nueva Ley de Tráfico 2022: ¿Qué cambia para las motos?

Sin margen de 20 km/h para adelantar

Sin duda, la medida que ha suscitado más polémica. La nueva ley suprime el margen de 20 km/h para adelantar en vías convencionales. Si el vehículo que llevamos delante ya circula a la velocidad máxima permitida en la carretera, estará prohibido superar ese límite para adelantarlo. En caso de hacerlo, la multa será de 100 euros.

El móvil, mejor ni tocarlo

La sanción económica no variará (200 euros), pero la extracción de puntos sí: usar el móvil mientras conducimos puede suponer la pérdida de hasta 6 puntos del carnet, antes eran 3 fuese cual fuese la situación. Me explico: manipular el teléfono en marcha si este está colocado sobre un soporte nos seguirá costando tres puntos, pero la sanción en caso de llevarlo directamente en la mano mientras conducimos pasará a ser de 6 puntos. Lo cierto es que las distracciones al volante, con el teléfono móvil como gran protagonista, son la primera causa de los accidentes mortales en nuestro país: el 34% del total…

Intercomunicadores ¡por fin!

Como dice el refrán: mejor tarde que nunca (o al menos vamos a intentar consolarnos de esta forma). Tras muchos años pidiéndolo, la nueva Ley de Seguridad Vial permitirá a los motoristas utilizar intercomunicadores, eso sí, deben estar certificados u homologados pero ojo, porque deben usarse solo “con fines de comunicación o navegación, siempre y cuando no afecten a la seguridad de conducción”. Es decir, en teoría, nada de música o programas de radio.

Abróchate bien el casco

La DGT también endurece las sanciones si no nos protegemos en condiciones a la hora de coger nuestra moto. La sanción por no hacer uso del casco o llevarlo de forma incorrecta (mal colocado, sin abrochar, usar una talla errónea…) aumentará de 3 a 4 puntos. Además, si nos pillan con un detector de radares (tanto si está encendido como apagado, la simple “tenencia”) será considerado una infracción grave por la que podemos llegar a perder 6 puntos del carnet y 500 euros.

Mayor distancia con los ciclistas

No respetar la distancia obligatoria de 1,5 metros para adelantar a los ciclistas suponía 200 euros de multa y la pérdida 4 puntos del carnet. Con la nueva normativa serán dos más: 6 puntos. Pero atención porque hay más, ahora la ley señala que siempre que haya más de un carril en el mismo sentido debemos adelantar a los ciclistas ocupando la totalidad del carril contiguo y no solo respetando la distancia mínima. Además, parar o estacionar en un carril bici se considerará una infracción grave, lo que supondrá una multa de 200 euros.

Ensuciar las vías

A muchos de nosotros ni se nos pasa por la cabeza la idea de tirar nada a la carretera, pero por desgracia todavía hay mucha gente que no tiene reparos a la hora de hacerlo. Para tratar de reducir este tipo de actos, que además de contaminar pueden causar un accidente, la sanción también aumenta y pasará de 4 a 6 puntos.

Patinetes eléctricos

La nueva norma tampoco se olvida de los patinetes eléctricos: los conductores de este tipo de vehículos estarán obligados a utilizar casco y no podrán circular por autovías o autopistas, túneles, aceras o áreas peatonales, aunque en este último caso habrá excepciones. Además, tampoco podrán usar auriculares mientras montan en ellos y podrán ser sometidos a controles de alcoholemia.

0,0% alcohol

Y hablando de controles… A partir del 21 de marzo de 2022, los menores de 18 años que circulen en ciclomotor, motos de hasta 125cc (carnet A1), patinetes o derivados deben dar 0,0 de alcohol tanto en sangre como en aire espirado. Este cambio se debe al auge de los vehículos de movilidad alternativa que cada vez ganan más protagonismo. De momento se desconoce el tipo de sanción que se les aplicará: para el resto de conductores la multa oscila entre los 500 y los 1000 euros y la pérdida de entre cuatro o seis puntos del carnet, dependiendo de la cantidad de alcohol en sangre que den.

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Observadora, curiosa y perseverante. Quién le iba a decir a mi yo del pasado, que cada domingo sin excepción se sentaba (y se sienta) delante de la tele a ver las carreras, que unos años más tarde iba a poder escribir sobre ello.

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