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Madrid dice no a las motos viejas

Madrid dice "no" a las motos viejas

A partir de enero de 2025 todas las motos que no tengan la etiqueta medioambiental de la DGT (antes de 2003) tendrán prohibido circular por la capital.

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María Bello
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Fecha07/09/2021
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Las motos menos nuevas lo tienen cada vez más difícil. A partir de 2025, si se aprueba el proyecto de ley municipal que tiene todos los visos de salir adelante, todos aquellos vehículos que no tengan la etiqueta medioambiental de la DGT (motos de antes de 2003) no podrán circular por Madrid. Esta (y otras medidas) se adoptan con el fin de cumplir con la ley del Cambio Climático.

Hasta ahora, Madrid Central estaba limitada a un área del centro de la capital. Con los nuevos cambios y medidas, prácticamente todo el centro de la ciudad pasará a formar parte de la Zona de Bajas Emisiones.

Es importante tener en cuenta que todas estas limitaciones son para los vehículos que no tienen el distintivo ambiental de la DGT. En las motos, son las de antes de 2003 las que no tienen ni el "B" ni el "C" (ni el "Cero" si no son eléctricas claro) y no podrán entrar. Por ejemplo, si tu coche tiene motor de gasolina y una antigüedad de 20 años (o más) es muy probable que no tenga esta etiqueta. Lo mismo ocurre con los vehículos de diesel matriculados antes del 2006. Pero en lugar de dar opciones (algunas motos antiguas sí tiene bajas emisiones) como en Londres, aquí parece que no habrá alternativa al achatarramiento

Madrid dice no a las motos viejas

Fuera de las aceras

Otro cambio importante de la nueva normativa es que se prohibirá aparcar motos en las aceras en prácticamente ningún caso. Habrá que leer la norma final, pero se habla de que si hay un espacio en la calzada a menos de 100 metros, aparcar en la acera implicará multa, tanto motos particulares como de alquiler o "sharing". Los patinetes, bibicletas y otros deberán circular por la calzada en carriles de 30 o menos km/h y deberán llevar casco (importante novedad) y luces.

A partir de 2022 y hasta 2024 las restricciones de circulación solo afectarán a los vehículos sin etiqueta que no estén dados de alta en Madrid capital. Será a partir de 2025 cuando se amplíe también a los que sí estén registrados en la ciudad (propietario empadronado). Así sería el calendario si se aprueba definitivamente:

  • 1 de enero de 2022: prohibido el acceso y la circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30, excluyendo la propia M-30.
  • 1 de enero de 2023: prohibido el acceso y la circulación por las vías públicas urbanas del interior de la M-30 y de la propia M-30.
  • 1 de enero de 2024: prohibido el acceso y la circulación por todas las vías públicas urbanas del ámbito territorial de Madrid ZBE.
  • 1 de enero de 2025: la prohibición afecta también a los que no tienen etiqueta inscritos en la ciudad de Madrid.

Además, una vez se apruebe la nueva normativa, las motos podrán circular hasta las 23:00 por la zona del centro: una hora más respecto a la normativa de Madrid Central, pero una limitación ¿extraña?. Veremos en qué queda todo en el texto definitivo.

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Observadora, curiosa y perseverante. Quién le iba a decir a mi yo del pasado, que cada domingo sin excepción se sentaba (y se sienta) delante de la tele a ver las carreras, que unos años más tarde iba a poder escribir sobre ello.

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